¿Te enteraste? La Secretaría de Economía publicó el martes, la Norma Oficial Mexicana NOM 236 sobre la verificación de condiciones físico-mecánicas para todos los autos particulares.
¿QUÉ DICE LA NOM 236 SOBRE LA VERIFICACIÓN DE AUTOS?
Primero se debe entender que esta es una nueva verificación adicional a la de emisiones contaminantes y tendrá que realizarse cada cierto periodo de tiempo.
Los autos nuevos, nacionales o extranjeros, con no más de mil kilómetros recorridos deberán pasar esta verificación a los 4 años posteriores a la fecha de su venta como vehículo nuevo; y a partir de entonces, cada 2 años hasta el noveno año.
Precisa que los autos con 10 años o más de antigüedad a la fecha de su comercialización deberán presentar la verificación de condiciones físico-mecánicas cada año.
Mientras que, los vehículos de uso intensivo: 1 año después de la fecha de su comercialización como vehículo nuevo; y a partir de entonces, cada año.
¿QUÉ SE TOMARÁ EN CUENTA?
De acuerdo con el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación, (D.O.F) la inspección técnica del vehículo comprende los siguientes elementos: carrocería y chasis; puertas; cofre; parabrisas y ventanas; limpiaparabrisas; espejos o cámaras; soporte exterior de llanta auxiliar; asientos y sus anclajes; cinturones de seguridad; velocímetro; claxon.
Faros delanteros; luz de reversa; luces direccionales; luces de advertencia; luz de freno; luz de matrícula; cuartos; luces de identificación; sistema de frenos; sistema de dirección; sistema de suspensión; motor y transmisión; y para los vehículos que utilizan gas como combustible: depósitos fijos y canalizaciones.
¿QUIÉNES ESTÁN EXCENTOS?
Los autos que no deberán presentar esta verificación de condiciones físico-mecánicas son aquellos con un peso menor a 400 kg, los empleados en labores agrícolas, los que se utilizan en terreno montañoso o desértico, así como en playas y vías férreas.
También quedan excluidos los vehículos matriculados como autos antiguos, los asociados a maquinaria dedicada para las industrias de la construcción y la minería.
Así como los vehículos destinados a circular en vías confinadas como pistas de carreras, aeropuertos, pistas de go-karts, u otro campo de transporte similar.
Los que se declaren como pérdida total después de algún siniestro también deberán ser revisados.
La Norma también establece que esta verificación podría hacerse al mismo tiempo que se hace la de emisiones contaminantes.