Porque es tu derecho y así podrías recibir más dinero de Hacienda
Estamos en abril y es el mes de la declaración anual para todos los trabajadores asalariados y los que trabajan por honorarios. ¿Pero sabías que tienes derecho a deducir gastos de salud, de educación y otros que te permitirían recibir un saldo a favor más alto?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que puedes hacer deducciones personales en la presentación de tu declaración anual 2018, el SAT define que son gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables.
Pero aún hay dudas sobre qué gastos puedes deducir y cuáles no se pueden. A continuación te presentamos todos los gastos que son susceptibles a deducir.
GASTOS DE SALUD
1. Gastos médicos
Tienes derecho a deducir gastos médicos siempre y cuando sean prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
2. Gastos dentales
¿Te pusiste brackets o te hicieron una limpieza dental? Tienes derecho a que tu dentista te emita una factura con valor en el SAT.
3. Gastos psicológicos
La inversión que hagas con tu terapeuta es susceptible de ser deducción personal. Recuerda que tu psicólogo debe estar en regla y debe estar titulado.
4. Consultas con el nutriólogo
Si quisiste ponerte a dieta esta es tu oportunidad, ya que los gastos son deducibles también.
5. Gastos hospitalarios y medicinas expedidas en hospitales
Ojo, solo aplica si se trata de medicina facturada por el hospital, NO aplica en comprobantes de farmacias.
6. Honorarios a enfermeras
Deben ser pagados de manera obligatoria a través de medios electrónicos como tarjetas de débito o crédito.
7. Análisis y estudios clínicos
No olvides pedir tu factura a tiempo.
8. Aparatos de reestablecimiento o rehabilitación
9. Prótesis
10. Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales
En la factura se deben describir las características de dichos lentes o en su defecto, contar con el diagnostico del oftalmólogo u optometrista.
11. Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social
Ojo, dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos, informa el SAT.
Educación
12. Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios
Si tienes a tus hijos en nivel preescolar, primaria, secundaria y hasta bachillerato o su equivalente, tienes derecho a deducir impuestos.
- Preescolar: 14,200 pesos.
- Primaria: 12,900 pesos.
- Secundaria: 19,900 pesos.
- Profesional técnico: 17,100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
13. Transporte escolar
Aquí solo aplica si se trata de transporte escolar obligatorio.
Otros
14. Gastos funerarios
Pueden ser de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
15. Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE
La deducción es posible siempre y cuando el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
16. Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos
El requisito es que no serán onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos), así como el monto de los donativos no excederá de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.
17. Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore)
18. El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%