Porque es una obligación de tu patrón pagarte conforme lo dice la ley
Por ley, este sábado 1 de diciembre de 2018 debes descansar o que te paguen el equivalente al triple de tu salario por esa jornada, pues así lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT).
La ley señala que el 1 de diciembre de cada seis años, cuando hay cambio en la Presidencia, es descanso obligatorio y te lo tienen que pagar. Esto se establece en la fracción VII del Artículo 74 de la LFT.
"Son días de descanso obligatorio (...) VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal"
Pero, además, la ley establece que si tienes que trabajar ese día, debes recibir un salario doble adicional. ¿Dónde se establece esto? En el Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, cuyo texto es el siguiente:
"Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado"
Es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble, dice la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Pero si tu patrón no te quiere pagar esta cantidad, puedes acudir a la Profedet que pone a tu disposición los números telefónicos 01800 911 7877 y 01 800 717 2942 para toda la República o escribe al correo orientacionprofedet@stps.gob.mx, en donde te brindaran orientación de forma gratuita.