La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular una reforma a la Ley del Seguro Social en materia del derecho a la igualdad de género para que los hombres cónyuges puedan recibir la pensión por fallecimiento de su pareja asegurada o pensionada.
Dicha reforma establece que se otorgará una pensión de 40 por ciento, de la que le hubiese correspondido a la persona asegurada de incapacidad permanente total, a la persona cónyuge que se haya quedado en estado de viudez.
El dictamen modificará los artículos 64, tercer párrafo fracción II, 65, 84, párrafos primero fracciones III y IV y segundo, y el 130, y fue enviado a la Cámara de Senadores.
También puntualiza que a falta del cónyuge tendrá derecho a recibir la pensión quien haya vivido en concubinato con la persona asegurada durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte, o con quien tuvo hijos.
Ello siempre y cuando ambas personas no contrajeran matrimonio con otras personas durante el concubinato. Además, si la persona asegurada tenía varias relaciones en concubinato antes de morir, ninguna de sus parejas gozará de pensión.
“Muchas de las leyes vigentes aún reproducen roles machistas, y es el caso de algunos artículos de la Ley del Seguro Social”, señaló la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján de Morena. Además, recalcó que el hecho de que los hombres cónyuges puedan recibir una pensión por viudez, excluye esa desigualdad y es un avance en la transformación de los roles de género
Por su parte, la diputada Mary Carmen Bernal Martínez del Partido del Trabajo afirmó que la reforma es un avance para los trabajadores. “Celebramos que la Comisión de Seguridad Social con visión inclusiva y de que las leyes se tienen que modificar a la par en que va evolucionando la sociedad, deje un gran legado. Desde el Poder Legislativo estamos haciendo efectiva la igualdad de género”, indicó.