Las 'benditas' redes sociales revivieron al inicio de este año las versiones sobre que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) iniciará una vigilancia en las compras que las personas hagan con sus tarjetas de crédito y débito, con el objetivo de controlar sus gastos y llegar a fijar multas o sanciones por erogar más de los ingresos que se tienen.
La forma en que se presenta la información en redes es engañosa y busca confundir a las personas, ya que no existe ninguna nueva disposición o regla fiscal en 2021 que de forma específica ordene vigilar todos los 'tarjetazos'.
El fondo del asunto al que no llegan algunas publicaciones es la discrepancia fiscal, que es el proceso mediante el cual el SAT está facultado para revisar la información de un contribuyente a fin de conocer si sus gastos corresponden a sus ingresos.
La reforma fiscal de 2013 estableció que, tratándose de discrepancia fiscal, se considerarán erogaciones efectuadas por cualquier persona física las consistentes en gastos, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o tarjetas de crédito.
Es decir, las tarjetas son una de varias fuentes de información que tiene el servicio para obtener datos sobre los gastos de los contribuyentes. La autoridad incluso puede solicitar a los bancos la información que considere necesaria para poder fiscalizar a las personas.
¿Entonces es algo nuevo? No, la discrepancia fiscal a la que da seguimiento la autoridad laboral existe desde hace varios años.
De hecho, el SAT no necesita crear alguna regla nueva para checar qué pagaste con las tarjetas, ya que actualmente en la factura electrónica ya se especifica la forma de pago, es decir, se indica si pagaste con tarjeta, con transferencia electrónica, con cheque o con efectivo.
Patricia López Padilla, vicepresidenta de la Comisión Fiscal de Coparmex Nacional, explicó en entrevista para El Financiero que la vigilancia sobre los contribuyentes y sus medios de pago de gastos ya existe y está relacionado con el tema de discrepancia fiscal.
“La discrepancia es cuando tienes erogaciones superiores a los ingresos declarados. Se entiende que ese diferencial constituye un monto de ingresos que no declaraste, que omitiste declarar”, apuntó.
Y añade: “una de las fuentes que toma en cuenta el fisco para revisar la discrepancia son las tarjetas porque las compras que se hacen con los plásticos son erogaciones y si estas compras superan los ingresos declarados se entenderá que hay una discrepancia, pero hay que tener claro que las tarjetas es una de varias fuentes de información”.
¿Y qué hay de cierto sobre que el SAT generará una factura electrónica automática cuando pague con tarjeta para detectar las discrepancias fiscales? No, tampoco es cierto.
El 19 de noviembre de 2019, la entonces jefa del SAT, Margarita Ríos-Farjat, celebró un convenio con la Asociación de Bancos de México (ABM) para lanzar la facturación instantánea.
Se trataba de un nuevo mecanismo de pago o una facilidad que permitiría a los contribuyentes generar una factura electrónica al momento en que las personas dieran el 'tarjetazo' mediante una Terminal Punto de Venta (TPV).
Sin embargo, después de que Raquel Buenrostro tomó la jefatura del SAT en enero del año pasado, se dio marcha atrás a ese convenio con la banca comercial con el argumento de que “no existe ninguna ley o requisito jurídico que diga que tiene que haber facturación instantánea”.
Hasta hoy, la autoridad no ha dado visos de que pretenda retomar el convenio.