El pasado domingo, 'Scooby', también bautizado como 'Benito', un perrito de aproximadamente 7 meses, fue lanzado a un cazo con manteca hirviendo; la agonizante muerte a la que fue sometido causó indignación entre usuarios de redes sociales, políticos y funcionarios.
De inmediato, asociaciones civiles, protectoras de animales y sociedad en general pidieron que el caso no quedara impune; según palabras de la secretaria de Seguridad, Rosa Icela Rodríguez, el agresor podría alcanzar una pena de entre 3 y 6 años, por haber cometido el delito en el Estado de México.
Aunque en el país el maltrato animal es un delito del fuero federal, cada entidad tiene un reglamento que impone diferentes sanciones a quienes causen daño o la muerte a un ser vivo. Aquí un recuento de cómo se encuentran las legislaciones locales respecto a este tema.
Aguascalientes: Las penas van de 150 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) (481 a 48 mil 110 pesos). Además de 1 a 3 meses de prisión, el pago de la reparación de daños y perjuicios ocasionados, de acuerdo al Código Penal de la entidad.
Baja California: El código penal sanciona con prisión de tres meses a dos años y multa de 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (4 mil 811 pesos).
Baja California Sur: En caso de que no pongan en peligro la vida del animal, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días (8 mil 643 a 17 mil 287 pesos).
Campeche: Las penas van de seis meses a dos años de prisión y multa de 100 a 200 Unidades Diarias de Medida y Actualización (9 mil 622 a 19 mil 244 pesos).
Chiapas: Se impondrán el apercibimiento, la amonestación, sanción económica de cinco hasta seis mil días de salario mínimo (864 a 1 millón 370 mil 220 pesos), arresto administrativo y reparación del daño.
Chihuahua: Contempla multa de hasta 200 salarios a quien omita dolosamente prestar cuidados a un animal de compañía, que sea de su propiedad y que esta omisión ponga en peligro la salud del animal. A quien dolosamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal de compañía, causándole lesiones que pongan en peligro la vida, se le impondrá de 3 meses a un año de prisión y multa de hasta 250 salarios. Y al que dolosamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de algún animal de compañía, causándole la muerte, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta 250 salarios.
Ciudad de México: Quien maltrate o sea cruel contra un animal provocándole la muerte obtendrá de dos a seis años de prisión. En caso de utilizar métodos que causen la muerte no inmediata y prolonguen la agonía del animal, las penas aumentarán hasta diez años. Quien sea cruel con un animal y le cause lesiones o alteraciones en su salud, se le impondrán de uno a tres años de cárcel y de 300 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA).
Coahuila: Se impondrá de seis meses a dos años de prisión y de 100 a 500 días multa (17 mil 287 a 86 mil 435 pesos), así como el decomiso de todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado.
Colima: El código penal de la entidad indica que se le impondrá de tres días a un año de prisión y multa de hasta cien unidades (9 mil 622 pesos).
Durango: Por actos de maltrato animal, el código penal estipula de 3 meses hasta un año de prisión, y hasta 100 días de multa (17 mil 287 pesos).
Estado de México: La persona que se encuentre culpable de causar lesiones dolosas a cualquier animal o hasta causarle la muerte, serán detenidos y procesados. En esta entidad, la sanción es de seis meses a cuatro años de prisión, así como una multa de 150 a 300 días de salario mínimo(30 mil a 60 mil pesos, aproximadamente). Las personas que causen la muerte de un animal serán sancionadas con hasta seis años de prisión. En caso de usar métodos que prolonguen la agonía del animal, las penas aumentarán hasta 10 años de prisión.
Guanajuato: Su código penal estipula que al que dolosamente cause la muerte de un animal vertebrado, se le impondrá de diez a cien días multa (mil 728 y 17 mil 287 pesos) y de sesenta a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad.
Guerrero: Amonestación, multa (6 mil 914 a 41 mil 488 pesos), arresto administrativo de hasta 36 horas y decomiso de animales. Será evaluado de acuerdo a la gravedad del maltrato.
Hidalgo: Quien realice actos de maltrato se le impondrán de 3 meses a 1 año de prisión de prisión y multa de 25 a 50 Unidades de Medida y Actualización (2 mil 405 a 4 mil 811 pesos); en caso de que las lesiones causen la muerte al animal doméstico o feral, se impondrá de 6 meses a 2 años de prisión y multa de 50 a 150 Unidades de Medida y Actualización.
Jalisco: El código penal impone una multa por el equivalente de 20 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (mil 924 a 28 mil 866 pesos). En casos de reincidencia, se impondrá una pena de seis meses a dos años de prisión.
Michoacán: Quien maltrate un animal se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (4 mil 811 a 48 mil 110 pesos).
Morelos: A quien agreda a cualquier especie de animal doméstico provocándole la muerte, se le impondrán de seis meses a un año de semilibertad. En caso de reincidencia se le impondrán de seis meses a un año de prisión.
Nayarit: Sanciona el maltrato animal con una pena de 3 meses a 3 años de prisión y multa de 60 a 365 días (10 mil 372 a 63 mil 97 pesos).
Oaxaca: El código penal sancionará: La crueldad animal y agonía con cárcel de 3 meses a dos años y multas de hasta mil días de salarios mínimos (172 mil 870 pesos); la privación de la vida con hasta 4 años de cárcel y multas de hasta mil 500 días de salario mínimo (259 mil 305 pesos); el abuso sexual animal con prisión de 3 meses a un año, con multa de hasta 800 días de salario mínimo. (138 mil 296 pesos).
Puebla: Castiga el maltrato animal con hasta 6 meses a dos años de prisión a quien cometa actos de crueldad o maltrato animal, y multa de hasta 100 días de salario (17 mil 287 pesos). Y hasta 4 años de prisión si le provocan la muerte a un animal.
Querétaro: En el estado, a quien realice actos de maltrato, se le pueden imponer hasta 15 meses de prisión y cuatro años de cárcel, de provocarse la muerte.
Quintana Roo: Crueldad animal que no ponga en peligro su vida: seis meses a un año de prisión y hasta 50 días de multa. (8 mil 643); si le provoca la muerte a un animal será penado con prisión de 1 a 2 años y 100 a 200 días de multa (17 mil 729 a 34 574 pesos).
San Luis Potosí: El Código Penal aplicará las siguientes sanciones: Maltrato animal con lesiones mínimas: de 5 a 12 meses de prisión y multa de 30 a 130 días el valor de UMA (2 mil 886 a 12 mil 508 pesos); Maltrato animal con lesiones que produzcan menoscabo físico permanente: de 1 año a 2 años de prisión y multa de hasta 400 días de valor de UMA (38 mil 488); Provoque la muerte de un animal: 1 año a 5 años y de hasta 600 días de multa (57 mil 732 pesos).
Sinaloa: Sanciona el maltrato o crueldad animal de 3 meses a 1 año de prisión y de 50 a 100 días de multa. (8 mil 643 a 17 mil 287 pesos); si causa la muerte de un animal, de seis meses a un año de prisión y de 100 a 200 días de multa (17 mil 287 a 34 mil 574 pesos).
Sonora: Las leyes contra la crueldad animal en México imponen el apercibimiento, la amonestación, sanción económica de hasta seis mil días de salario mínimo (un millón 37 mil 220 pesos), arresto administrativo y reparación del daño.
Tabasco: Quien cometa actos de crueldad animal deberá pagar una multa de una 200 veces el valor de UMA (19 mil 244 pesos). Se incrementa de acuerdo a la gravedad del acto.
Tamaulipas: El código penal sanciona el maltrato, tortura o muerte de un animal con dos meses a dos años de prisión, 200 a 500 días de multa (hasta 86 mil 435 pesos) y aseguramiento del animal.
Tlaxcala: Las violaciones a la ley se sancionarán con amonestación escrita, multa por 5 a 200 Unidades de Medida y Actualización (481 a 19 mil 244 pesos) vigente al momento de imponer la sanción.
Veracruz: Impone de seis meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo (8 mil 643 a 17 mil 287 pesos).
Yucatán: Se le impondrá una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta doscientas UMA's (19 mil 244 pesos).
Zacatecas: Impone de seis meses a tres años de prisión y de cien a doscientas UMA's (9 mil 622 a 19 244 pesos).
Fuente: Gaceta Parlamentaria del Senado de la República