En medio de toda la incertidumbre que está creando la reforma a pensiones que quiere hacer el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, te contamos cuáles son esas dos excepciones en las que puedes retirar dinero de tu Afore.
De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), la Ley te ofrece el beneficio de disponer parte de tus recursos de la Cuenta Afore anticipadamente bajo dos tipos de retiro: por matrimonio y por desempleo.
¿CÓMO PUEDO RETIRAR EL DINERO DE MI AFORE?
La primera opción es solicitando un retiro parcial por matrimonio que es un beneficio en el que se te va a permitir tener un acceso equivalente a 30 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
¿QUÉ REQUISITOS Y DOCUMENTOS NECESITAS?
- Tener un mínimo de 150 semanas cotizadas contadas a partir del 1º de julio de 1997 (consulta cuántas semanas cotizadas tienes aquí).
- No haber obtenido este derecho con anterioridad.
- Estar vigente como asegurado.
- Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu Afore).
- Si ya no estás laborando y contrajiste matrimonio dentro de los 90 días hábiles a partir de tu baja ante el IMSS, podrás solicitar esta prestación.
- Identificación oficial.
- Acta de Matrimonio.
- Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) (opcional).
- Pre-Solicitud de disposición de recursos por Retiro Parcial por Matrimonio generada en el portal E-SAR.
Los pasos para solicitar este recurso son: Realiza la Pre-solicitud de Retiro Parcial por Ayuda para Gastos de Matrimonio en el portal www.e-sar.com.mx para obtener la Clave Única de Servicio o bien, acude directamente a alguna sucursal de tu Afore para que te apoyen generar tu pre-solicitud.
Acude con tus documentos a la sucursal seleccionada en la Pre-solicitud y firma la solicitud de disposición de recursos que te proporcionará la Afore.
Una vez realizada la solicitud, tu Afore gestionará el trámite ante el IMSS para obtener el certificado del derecho al Retiro Parcial por Ayuda para Gastos de Matrimonio. Cuando lo obtenga, te hará entrega de los recursos vía depósito u orden de pago en un plazo de máximo 5 días hábiles. Recuerda que este trámite solo lo puedes realizar una vez.
RETIRO POR DESEMPLEO
Este es un beneficio que te ofrece tu cuenta Afore donde puedes hacer un retiro parcial de tus recursos en caso de estar desempleado.
REQUISITOS QUE NECESITAS:
- Tener 46 días naturales de estar desempleado.
- Tener al menos 3 años con tu cuenta de ahorro para el retiro abierta y 2 años cotizados ante el IMSS.
- No haber efectuado este retiro en los últimos 5 años anteriores.
- Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu Afore).
- Identificación oficial.
- Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) (opcional).
- Clave Única de Servicios (CUS) generada en el portal AforeWeb.
Existen dos modalidades en las que podrás disponer de los recursos, mismas que podrás elegir de acuerdo tu tiempo de cotización del IMSS y las características de tu cuenta individual:
Modalidad A. Si tu cuenta Afore tiene al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de 2 años de cotización al IMSS, recibirás en una sola exhibición 30 días de tu último Salario Base de Cotización con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Modalidad B. Si tu cuenta tiene 5 años o más de haber sido abierta, recibirás lo que resulte menor entre 90 días de tu Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).
Te recordamos que todos los trámites de la Consar son gratuitos y que si tienes cualquier duda puedes agendar una cita para que un trabajador te atienda de manera presencial.