La reforma al Poder Judicial es oficial, luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó el decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado domingo 15 de septiembre.
Con ello, pronto se pondrían en marcha los preparativos para que haya elecciones en 2025, en las que la ciudadanía podrá votar por jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Pero, ¿cuáles son las fechas clave? En Nación321 te contamos.
De acuerdo con la iniciativa, la etapa para preparar la elección extraordinaria de 2025 iniciaría con una sesión del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), que debe de llevarse a cabo hasta 7 días después de que la reforma entra en vigor.
Cabe destacar que todavía falta que el Congreso de la Unión emita las leyes secundarias para detallar los cambios específicos, tanto técnicos como administrativos, de la reforma judicial. Esto se haría antes de que termine el periodo de sesiones ordinarias del Senado, que concluye el 15 de diciembre.
La reforma, según el DOF, puntualiza que el Senado “recibirá las postulaciones y remitirá los listados al Instituto Nacional Electoral a más tardar el 12 de febrero del año de la elección que corresponda, a efecto de que organice el proceso electivo”.
LAS FECHAS CLAVE SON:
En el caso de todas las candidaturas para la elección en el Poder Judicial, queda prohibido el financiamiento público y privado de sus campañas electorales. También está prohibida la contratación de espacios en radio y televisión u otros medios de comunicación para promocionar sus candidaturas.
En tanto, los partidos políticos y las personas servidoras públicas no pueden realizar actos de proselitismo y posicionarse a favor o en contra de ninguna de las personas postulantes.
“La duración de las campañas para los cargos señalados en el presente artículo será de sesenta días y en ningún caso habrá etapa de precampaña. La ley establecerá la forma de las campañas, así como las restricciones y sanciones aplicables a las personas candidatas o servidoras públicas cuyas manifestaciones o propuestas excedan o contravengan los parámetros constitucionales y legales”, indica el DOF.